jueves, 8 de diciembre de 2011




Apartes de mi trabajo de grado sobre los Medios Masivos de Información y el Derecho a la Intimidad , sustentado en el 2006

1.2.        INTIMIDAD.


Al inicio de este trabajo se hizo referencia al Juez Norteamericano Thomas Cooley, como el primero en insertar en el ordenamiento jurídico la expresión “privacy”  “Rihgt to be alone” , pero hacia 1767, año en que nace Benjamín Constant, y quien fuera uno de los primeros en la lucha por garantizar la libertad individual y limitar el poder político, su posición frente a la ingerencia del Estado se resume en esta frase, que hoy tiene tanta vigencia o más como la que tuvo en su época: – “Hay una parte de la existencia humana, que necesariamente tiene que mantenerse individual e independiente y que queda, por derecho, fuera de toda competencia social.”

Para adentrarnos en un acercamiento a la definición de Intimidad, ha de hacerse una diferenciación terminológica, pues no en pocas ocasiones, las expresiones privacidad, intimidad y confidencialidad, se utilizan como si fueran sinónimos. Es de anotar que dichos conceptos no han podido ser definidos de manera consistente e inequívoca en muchos de los sistemas jurídicos de los países de América Latina, aunque la privacidad está directamente relacionada con la intimidad, ya que todo lo íntimo es privado, pero no todo lo privado es intimo.

El Diccionario de la Real Academia de la Lengua, define la intimidad como “Zona espiritual íntima y reservada de una persona o de un grupo, especialmente de una familia.”

El Diccionario Aristos la define como: “Parte personalísima comúnmente reservada, de los asuntos o afecciones de una persona o familiar”

La segunda de las definiciones gramaticales, es la que más se acerca a lo que la doctrina jurídica ha llamado intimidad, lo intimo es esa parte de la vida privada que cada ser humano, ya sea por razones sociales, de educación, o de su propia naturaleza, quiere guardar para sí de una forma muy especial y que sólo dará a conocer por su propia decisión y a un grupo muy reducido de congéneres en los que tiene confianza y que comparte un vinculo (amigos, familia). Por eso se hace en un ambiente de confidencialidad, puede afirmarse que en la intimidad se halla la vida interior de cada hombre, es en el interior de cada ser humano donde se hallan nuestros pensamientos, ideologías, deseos y creencias y allí mismo se incorporan aspectos externos de la vida como las relaciones intimas, actos fisiológicos, datos personales entre los que se cuentan los relacionados con la procedencia (datos genéticos, los relacionados con la raza), tendencias sexuales, los que hacen referencia al estado de salud o aquellos que puedan ocasionar daño o discriminación; en otras palabras, es el fundamento de poder excluir o negar a los demás el conocimiento de determinados aspectos de la vida que sólo incumben a una persona en particular, es un aspecto complejo individual y relacionado directamente con la libertad del hombre y con el desarrollo de la personalidad, constituyendo un valor fundamental del ser humano.
La intimidad es la soledad, es el espacio propio del pensamiento y de los sentimientos, es esa facultad de elección individual de escoger con quien se comparten y a quien se excluye.

Para el tratadista Italiano Romeo Casabona, la intimidad “Son aquellas manifestaciones de la personalidad individuales o familiares, cuyo conocimiento o desarrollo, quedan reservados a su titular o sobre  los que ejerce alguna forma de control cuando se ven implicados terceros, entendiendo por tales, tanto a los particulares, como a los poderes públicos.”


1.3.        PRIVACIDAD

Se ha mencionado en apartes de este trabajo, que la privacidad está directamente relacionada con la intimidad, pues todo lo íntimo esta dentro de la privacidad, pero no todo lo privado es íntimo, el espectro de la privacidad es más amplio, pues abarca multitud de aspectos, muchos de ellos cotidianos como el número telefónico, lugares que se frecuentan, amistades, lugar de residencia, que se compra, actividades diferentes a las laborales, entre otras muchas.
Todo lo anterior configura esa red de lo privado, la palabra privacidad se introduce en nuestro medio al desprenderse del inglés Privacy.
El Diccionario de Circulo de Lectores define la privacidad como “Acciones que se realizan a la vista de pocos, familiar y domésticamente, sin formalidad o formalismo alguno – Particular y personal de cada uno”.

En el desarrollo de este trabajo se tratará de demarcar las diferencias o aquellos elementos que caracterizan cada una de estas esferas de la vida, el tema de las esferas será otro ítem a desarrollar en forma amplia en esta monografía.
Es de anotar, que aunque no hay una postura unánime en cuanto a la relación existente entre la intimidad y la privacidad, si existe un consenso entre algunos doctrinantes, que consideran la privacidad como el género, y la intimidad como la parte más especial y reservada de la vida.
La doctrina Alemana, es de las más depuradas y ricas en el tema de la intimidad y de la privacidad; son ellos quienes han desarrollado el concepto de las esferas de vida privada y esfera de la intimidad.
Por ahora, bástenos decir, que resulta difícil hacer claridad y diferenciar en forma acertada estos dos conceptos que se confunden, pero, que tienen sus características y especificidades a la hora de hacerlos valer como derechos inherentes a la persona en nuestro ordenamiento jurídico. El derecho a la vida privada o ámbito de la privacidad es la autonomía, la libertad de que nadie que no sea uno mismo decida o imponga por la fuerza lo que por libre decisión se quiera hacer.*



** Chaytor y Elizabeth Eisenstein – Teóricos de primera generación del medio de comunicación – documento de internet.

 * Ver Historia del pensamiento político moderno – Los principales Pensadores políticos de Hobbes a        Marx – pagina 232 y sgtes.

 * Declaración de derechos de Virginia

 * Ver trabajo realizado por Warren y Louis D. Brandeis – Harvard law reviw – Biblioteca virtual en español.

 * Constitución de los Estados Unidos de América.

 * DERECHO A LA INTIMIDAD - Segunda Edición – Dres. Edgar Escobar López y Fabiola Marulanda Otálvaro










 

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